Si no sabes cómo se paga el prenatal y postnatal en las empresas, primero que todo, debes tener en cuenta que la base de cálculo de todos los subsidios maternales es una cantidad equivalente al promedio de los últimos 3 meses antes de que llegue la fecha del prenatal, es decir, se tomará el sueldo de los últimos 3 meses, se sacará un promedio y ese promedio será lo que recibe la persona gestante de su Isapre o Fonasa.
Sin embargo, para profundizar más en el tema es importante comprender en qué consiste la licencia prenatal y la postnatal y cómo funciona cada una de ellas.
¿Qué es la licencia de Pre y Postnatal?
Es la licencia por maternidad a la que tiene derecho una madre trabajadora y se otorga en base a permisos prenatales y postnatales, así como consentimiento de los padres después del parto y correspondiente a las siguientes fechas:
- Licencia prenatal: es el período de descanso de 6 semanas, equivalentes a 42 días antes de la fecha de parto.
- Licencia posnatal: es el período de descanso de 12 semanas, equivalentes a 84 días después del parto. Sin embargo, este plazo no es fijo, debido a que la salud del bebé puede prolongar este tiempo:
- Si el bebé nace prematuramente, es decir, antes de la semana 33 de embarazo, o si el bebé pesa menos de 1500 g al nacer, este período es de 18 semanas.
- En caso de dar a luz a dos o más hijos, el período de la licencia posparto se extenderá en 7 días consecutivos por cada hijo a partir del segundo hijo.
¿Se tiene derecho a algún beneficio económico durante este periodo?
Sí, las trabajadoras con un hijo en gestación podrán acceder a un subsidio por Incapacidad Laboral Maternal, cuyo propósito es reemplazar las remuneraciones de la mujer durante el periodo que dure el pre y postnatal.
¿Cómo es el proceso de solicitud de este subsidio?
Para las colaboradoras que quieren obtener el subsidio deben seguir los siguientes pasos, siempre dependiendo de su sistema de salud.
- Obtención de la licencia médica: La trabajadora debe acudir a su médico, el cual podrá emitir la licencia médica correspondiente al periodo prenatal o postnatal.
- Presentar su licencia médica: Si está afiliada en Isapre, debe entregar la licencia a esta entidad, pero si está afiliada a Fonasa, debe presentarla en las oficinas del COMPIN para ser validada.
- Verificación con la entidad: Cada institución revisa y verifica la licencia para aprobar el subsidio en caso de Fonasa, y, en las Isapres, se realiza el cálculo en base al promedio de ingresos de los últimos 3 meses previos a la licencia.
- Pago del subsidio: Una vez aprobada la entidad correspondiente pagará de forma directa a la trabajadora, reemplazando el sueldo durante el periodo de licencia.
El proceso debe realizarse en los plazos establecidos, así garantizando el cumplimiento de los derechos laborales y de salud de la trabajadora.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio de pre y postnatal?
Dependiendo del tipo de trabajo y cotizaciones hechas por la trabajadora, los requisitos serán los siguientes:
Trabajadoras Dependientes:
- Tener contrato de trabajo vigente.
- Contar con una licencia médica autorizada.
- Tener 6 meses de afiliación previsional antes del inicio de la licencia.
- Tener 3 meses de cotizaciones en los últimos 6 meses anteriores al inicio de la licencia.
- Para contratos por día, turnos o jornadas, este último requisito baja a un mes de cotizaciones en los últimos 180 días.
Trabajadoras Independientes:
- Contar con una licencia médica autorizada.
- Aquellas trabajadoras obligadas a cotizar deben presentar un Comprobante de pagos de Cotizaciones emitido por el SII.
- Quienes no tengan la obligación de cotizar, deben tener 6 meses continuos o discontinuos de cotizaciones en un año, desde su afiliación, y estar al día en el pago.
Diferencias en los montos según el tipo de contrato
El cálculo del subsidio por licencia prenatal y postnatal varía según el tipo de contrato de la trabajadora, ya que este determina cómo se calcula el promedio de ingresos y el impacto en los pagos.
Para trabajadoras con contrato a plazo fijo, el subsidio se basa en el promedio de ingresos de los últimos tres meses previos a la licencia; sin embargo, si el contrato termina durante este período, el derecho al subsidio se mantiene únicamente en función del tiempo trabajado y cotizado.
En el caso de contratos indefinidos, el promedio de ingresos también se calcula sobre los últimos tres meses, pero la estabilidad laboral asegura un cálculo más representativo y pagos continuos. Por otro lado, para trabajos por obra, faena o con ingresos variables, el subsidio se determina considerando los ingresos por jornadas trabajadas en el mismo período, lo que puede resultar en montos más bajos si las jornadas fueron inestables o reducidas.
El impacto en los pagos se refleja en tres aspectos clave: la estabilidad del promedio de ingresos, el cumplimiento de los requisitos de cotizaciones mínimas y la continuidad del subsidio, especialmente en contratos a plazo fijo. Por ello, es esencial que las trabajadoras comprendan cómo influye su tipo de contrato en el subsidio, revisen sus cotizaciones y planifiquen para asegurar que puedan acceder al beneficio completo sin inconvenientes.
¿Quién paga la licencia prenatal y postnatal?
Este monto es financiado por el fondo único de prestaciones familiares, con cargo Estatal, pero es administrado por la institución previsional de salud a la que pertenece la trabajadora (Isapre o Fonasa) o a la Caja de Compensación correspondiente.
¿Quién paga la licencia médica de maternidad?
Este monto es financiado por el fondo único de prestaciones familiares, con cargo Estatal, pero es administrado por la institución previsional de salud a la que pertenece la trabajadora (Isapre o Fonasa) o a la Caja de Compensación correspondiente.
¿Quién paga las cotizaciones durante el postnatal en Chile?
El pago de las cotizaciones es muy similar al caso de las licencias médicas. Durante el postnatal el sueldo será pagado por la Isapre, en caso de que la trabajadora esté afiliada. En caso de que esté en Fonasa, el Compin será el encargado.
Es importante tener presente que el mismo será pagado en su totalidad y se calculará con base en el ingreso promedio percibido en los últimos 3 meses anteriores a la fecha de inicio del descanso y permiso obligatorio.
En caso de que este cálculo arroje un sueldo promedio inferior al mínimo, este será aumentado por medio de un subsidio estatal, para que la trabajadora pueda percibir, al menos, el ingreso básico legal en Chile.
Por el lado de las cotizaciones, también serán pagadas por Isapre o Compin, dependiendo de dónde esté afiliada la trabajadora.
De igual manera, estas cotizaciones serán descontadas de tu sueldo, tal como lo plantea la legislación actual.
Este beneficio puede extenderse si se cumplen determinadas condiciones, como se mencionó líneas atrás, y a continuación profundizaremos en el tema.
Condiciones para extender el período postnatal
El periodo postnatal puede extenderse en casos específicos, como situaciones en que el recién nacido requiere cuidados adicionales debido a problemas de salud graves. Este beneficio se encuentra regulado en la normativa, y se exige el cumplimiento de ciertos parámetros para poder optar a él:
- Es obligación presentar un certificado médico emitido por el médico tratante del recién nacido. Este debe incluir información sobre la necesidad del reposo adicional, además de incluir el diagnóstico del menor y una descripción de los cuidados requeridos.
- También el empleador debe presentar la solicitud de extensión de la licencia postnatal a la entidad de salud que corresponda. En el caso de los afiliados a FONASA, el trámite se realiza mediante la COMPIN y para los afiliados de Isapre se hace de forma directa con la institución.
- Se debe hacer entrega de todos los documentos y antecedentes que puedan solicitar las instituciones de salud, ya sea: licencia médica anterior, RUT del trabajador y el menor, información del empleador , etc.
- Se recomienda realizar la tramitación correspondiente una vez se haya sido entregada la licencia para la extensión de postnatal, de esta forma no perder los beneficios asociados.
Se debe tener en consideración que al igual que otras licencias, estas deben ser aprobadas por la institución de salud correspondiente (COMPIN o Isapre), quien determinará si la situación cumple con los requisitos legales y médicos para aprobar la extensión del postnatal.
¿Cómo hacer uso del Permiso Postnatal Parental?
Al término de la licencia postnatal corresponde el Permiso Postnatal Parental, para lo cual no se emite una nueva licencia médica y según la modalidad que opte la trabajadora, debe hacer lo siguiente:
- Jornada completa – 84 días: no es necesario que lo solicite, y la respectiva entidad pagadora del subsidio deberá otorgarlo a contar del día siguiente al término del descanso postnatal.
- Jornada parcial – 126 días: deberá dar aviso a su empleador mediante carta certificada, enviada con 30 días de anticipación, antes del término del postnatal, con copia a la Inspección del Trabajo. El empleador deberá dar aviso a la entidad pagadora del subsidio antes del inicio del permiso postnatal parental.
En caso que el padre haga uso de parte del permiso postnatal parental, él deberá dar aviso a su empleador y al empleador de la madre mediante carta certificada enviada, con diez días de anticipación a la fecha en que hará uso del mencionado permiso, con copia a la Inspección del Trabajo.
El empleador del padre deberá dar aviso a las entidades pagadoras del subsidio, antes del inicio del permiso postnatal parental enviándoles copia de dicho aviso.
Derechos del padre en el postnatal parental
Los derechos del padre en el postnatal parental dependen de varios factores, como los requisitos de cotización y el tipo de contrato laboral, lo que impacta directamente en los montos que puede recibir durante este periodo.Estos son los requisitos que se deben cumplir:
- Licencia médica válida: Es necesario contar con una licencia médica autorizada que permita al padre acceder al postnatal parental.
- Cotizaciones previas: El padre debe haber cotizado al menos 6 meses dentro de los 12 meses anteriores al inicio del permiso o cumplir con los requisitos mínimos según su tipo de contrato.
- Aviso a la empresa: Es indispensable informar al empleador con un mínimo de 10 días de anticipación, mediante una notificación escrita, sobre la intención de utilizar el postnatal parental.
El monto del subsidio que recibirá el padre durante este periodo se calcula en base al promedio de su salario de los tres meses previos al inicio de la licencia. Este subsidio es financiado por la Isapre o Fonasa, según la afiliación del trabajador. Si el cálculo resulta inferior al sueldo mínimo legal, el Estado completa la diferencia para asegurar que el trabajador reciba al menos el salario mínimo correspondiente.
Casos especiales de trabajadores independientes
En el caso de las trabajadoras independientes que quieran acceder al subsidio, tienen la posibilidad de hacerlo si cumplen ciertas condiciones. Tener cotizaciones voluntarias por al menos 6 meses continuos o discontinuos dentro del año anterior a su solicitud. También deben estar afiliados con una previsión social y cumplir con los requisitos que la institución establece para obtener el subsidio. Por último, debe contar con la licencia médica válida que certifique la incapacidad laboral maternal.
Para acceder al beneficio debe presentar un comprobante que acredite los pagos de cotizaciones, y gestionar el trámite directamente con la licencia médica y comprobante anteriormente nombrado.
Se debe tener en cuenta que el monto del subsidio se calculará de acuerdo al promedio de los ingresos declarados, y en caso de que sea inferior al sueldo mínimo, el Estado garantizará que la trabajadora reciba, al menos, el ingreso mínimo legal.
Impacto del prenatal y postnatal en otros beneficios laborales
El período de prenatal y postnatal puede influir en otros beneficios laborales como gratificaciones, vacaciones e indemnizaciones por término de contrato. En cuanto a las gratificaciones, la trabajadora sigue teniendo derecho a participar en el reparto de utilidades o a recibir gratificaciones legales durante el periodo de descanso, ya que el subsidio recibido se considera como parte del salario para estos cálculos.
En relación con las vacaciones, los días de prenatal y postnatal no afectan el tiempo acumulado para el cálculo de días de descanso, ya que se consideran como días trabajados. Por otro lado, en caso de despido, el tiempo de prenatal y postnatal se incluye en el cálculo de la indemnización por años de servicio, lo que garantiza que la trabajadora no pierda derechos laborales, incluso si el contrato termina durante este período.
Además, la trabajadora tiene derecho a fuero maternal, lo que implica que no puede ser despedida sin autorización judicial durante este tiempo. Así, la legislación protege los derechos de las trabajadoras para que no se vean perjudicadas en sus beneficios laborales durante su licencia maternal.
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